La Comunidad de Madrid inventa la “píldora envenenada” pública
La “píldora envenenada” (poison pill) se refiere a la estrategia que pueden usar las empresas para evitar una adquisición hostil. Su invención se atribuye al legendario abogado norteamericano Martin Lipton de Wachtell, Lipton, Rosen & Katz en 1982, es decir, al inicio de la gran ola de adquisiciones hostiles que sacudió a la economía norteamericana durante los años 80.
La versión más común de la “píldora envenenada” pasa por la emisión de nuevas acciones a un precio reducido de la que se beneficiarían los accionistas existentes en perjuicio del potencial adquiriente. Se busca, a grandes rasgos, aumentar el precio de la adquisición y, también, orientar la negociación de sus términos hacia el consejo de administración de la sociedad “target” en vez de hacia sus accionistas.
En la práctica, las píldoras envenenadas no impidieron las adquisiciones hostiles en Estados Unidos durante los años 80 y 90 (de hecho, esos años se consideran una de las épocas doradas de los hostile takeovers). Pero sí las complicaron, en algunos casos las disuadieron (como en el caso de la compra de Yahoo! por parte de Microsoft) y, en general, las encarecieron.
El anuncio por parte de Isabel Díaz Ayuso de una nueva Ley de Defensa de la Autonomía Fiscal de la Comunidad de Madrid parece, en mi opinión, seguir esta misma lógica. Es debatible si dicha Ley impediría por sí misma una “armonización” (es decir, subida) de los impuestos cedidos por el Estado a Madrid mediante una modificación de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA). En principio, la Ley Orgánica debería prevalecer sobre una ley autonómica.
Dicho esto, el precio de esta “armonización” aumentaría considerablemente en caso de aprobarse la nueva Ley anunciada por la presidenta madrileña. En efecto, todo apunta a que se crearía un conflicto de competencia que acabaría ante el Tribunal Constitucional (TC). En dicho caso, el TC tendría que decidir sobre la definición del concepto de “autonomía financiera” incluido en el art 156.1 de la Constitución (definido por el TC como «la propia determinación y ordenación de los ingresos y gastos necesarios para el ejercicio de sus funciones»). Es cierto que, planteado este conflicto de competencia, el Gobierno conseguiría la suspensión de la Ley madrileña con sólo pedirla al TC; pero también es cierto que el TC podría acordar el levantamiento de la suspensión en un plazo de cinco meses.
La decisión final del TC sería incierta; lo indiscutible sería que el plazo para aplicar la “armonización” se dilataría considerablemente. Y dentro de varios años puede que el actual Gobierno ya no esté o que sus aliados principales cambien (recordemos que la exigencia de subir los impuestos en Madrid viene de un insólito acuerdo entre el Gobierno y ERC; los independentistas catalanes quieren romper con España, pero, entretanto, no dudan en querer dictar las políticas fiscales en otras partes de España).
En todo caso, la OPA hostil del Gobierno de Pedro Sánchez contra la política fiscal de la Comunidad de Madrid habría sido evitada.
En suma, la decisión de aprobar la nueva Ley de Defensa de Autonomía Fiscal madrileña me parece muy acertada. Su existencia buscará impedir que el Gobierno imponga a corto plazo la subida de impuestos cedidos a Madrid. Es decir, Ayuso no se resigna a que el Gobierno perjudique a los contribuyentes madrileños y toma la iniciativa para impedirlo. Esto es exactamente aquello por lo que muchos madrileños le votaron en las recientes elecciones autonómicas. Ayuso, por tanto, es fiel a su palabra y, de paso, innova jurídicamente al crear una especie de “píldora envenenada” pública.