Novedades aprobadas por Madrid para promover la electromovilidad
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado el 30 de marzo su primera Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad. Ésta entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Merece la pena destacar que la Ordenanza ha contado con el voto a favor del PSOE pese a estar dicho partido en la oposición en el Ayuntamiento de Madrid.
La nueva norma tiene cuatro grandes objetivos:
- Mejorar la calidad del aire.
- Reducir la contaminación.
- Impulsar la eficiencia energética.
- Fomentar la electromovilidad.
En este post voy a analizar las novedades relativas al cuarto punto, la movilidad eléctrica. El texto definitivo de la nueva ordenanza aún no ha sido publicado (lo será por el BOCM), pero el proyecto de ordenanza (aquí), así como las informaciones de las enmiendas introducidas en el Pleno municipal, son suficientes para hacer una primera valoración.
Las principales novedades son las siguientes:
- A partir del 1 de enero de 2023, todos los aparcamientos de edificios no residenciales deberán contar con, al menos, un punto de recarga eléctrica por cada 40 plazas ordinarias de aparcamiento.
- En los aparcamientos de nueva construcción de edificios no residenciales, el porcentaje de dotación mínima para infraestructuras de recarga eléctrica será del 10%. Es decir, por cada 10 plazas de aparcamiento deberá habilitarse un punto de recarga eléctrico. En los aparcamientos públicos de nueva construcción, además de estas exigencias, se analizará la posibilidad de exigir infraestructuras adicionales para favorecer la movilidad eléctrica.
- En las edificaciones de vivienda de nueva construcción, el 70% de las plazas ordinarias deberá tener canalizaciones eléctricas para poder instalar un punto de recarga.
- En los aparcamientos de nueva construcción en edificios residenciales, el 100% de las plazas ordinarias deberá tener canalizaciones eléctricas para poder instalar un punto de recarga. Para los aparcamientos de las viviendas unifamiliares, será obligatorio tener un punto de recarga para vehículos eléctricos.
- Las estaciones de recarga estarán preparadas para modos estandarizados de recarga.
- Los agentes de la autoridad supervisarán la emisión de los vehículos en circulación y podrán obligar a que determinados vehículos realicen una revisión puntual en las ITV cuando detecten elevadas emisiones de humos.
- Las multas previstas por el incumplimiento de la nueva Ordenanza irán desde los 750€ hasta los 3.000€.
En resumen, el Ayuntamiento de Madrid eleva la exigencia de número de puntos de recarga eléctricos en los aparcamientos de edificios residenciales y no residenciales, estandariza las estaciones de recarga y otorga a los agentes de autoridad la facultad para supervisar las emisiones de los vehículos en circulación.
Todo ello supone un avance para asegurar la infraestructura necesaria para facilitar el uso cotidiano del vehículo eléctrico en Madrid.